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Guía para unas corporaciones colegiales más transparentes

Transparencia

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIBG) incluye a las corporaciones de derecho público entre los sujetos obligados a su cumplimiento, en aquellas actividades que se encuentren sujetas a Derecho Administrativo. En el marco de la Semana de la Administración Abierta, (del 20 al 24 de marzo) iniciativa impulsada a nivel global por la Alianza para el Gobierno Abierto, que trata de acercar la Administración Pública a la ciudadanía basándose en los principios de “transparencia, rendición de cuentas, participación ciudadana, integridad pública y colaboración”, se realiza un recorrido por las principales cuestiones que han de adoptar las corporaciones colegiales a la hora de convertirse en entidades más transparentes.

En su Informe de evaluación 2022: Colegios Nacionales y Consejos Generales de Colegios Profesionales, publicado a finales del pasado año, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) destacaba la mejora de estas corporaciones en el cumplimiento de las obligaciones de transparencia. El CTBG situaba dicho desempeño en un 50,7%, frente al 33,1% alcanzado en 2021. Las corporaciones de derecho público cuentan con una nueva oportunidad para ser más transparentes, de cara a la tercera evaluación que tendrá lugar del 1 de septiembre al 15 de noviembre.

En lo referido a la información que han de recoger las páginas web de los colegios profesionales, el artículo 6 de la LTAIBG establece: las funciones que desempeñan, la normativa de aplicación (Ley de Colegios Profesionales y Estatutos de la organización), su estructura organizativa, así como su organigrama. Es en estas dos últimas cuestiones donde las corporaciones colegiales mostrarían un menor grado de cumplimiento, al confundirlas entre sí. Mientras la estructura organizativa haría referencia a una breve descripción acerca de cómo se organizaría el colegio, el organigrama sería la representación gráfica de las relaciones jerárquicas de la organización y el medio a través del que poder identificar a los responsables.

La información económica, sería otra de las cuestiones que han de incorporar las corporaciones colegiales. Inicialmente, esta incluía los contratos, adjudicados por la Administración Pública o por la propia corporación, convenios, subvenciones y ayudas públicas percibidas por la administración pública. A estas tres obligaciones se adhería a finales del 2021, las encomiendas de gestión.

Nueva sede electrónica

Además de la publicación de la información obligada, el proceso de evaluación también se centraría en cómo esta es recogida. De tal forma que esta ha de ser publicada de forma directa por el sujeto obligado, accesible (número de clics hasta llegar a la información), estructurada, reutilizable, actualizada y clara. En el caso de que no se disponga de alguna de las informaciones que se exigen, el CTBG insiste en la necesidad de que se especifique la ausencia de la misma. En su proceso de modernización y digitalización el CTBG, presentaba en el mes de diciembre del 2022 su nueva sede electrónica, encaminada a lograr una gestión más ágil y eficiente de las reclamaciones de la ciudadanía. Para ello, la sede no solo permitiría a los ciudadanos realizar sus trámites, sino que también daría la posibilidad al organismo al que se le solicita una información la posibilidad de remitir aquellas solicitudes que se le están requiriendo. Las organizaciones deberían identificarse a través de un certificado de representación.

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